Protección Radiológica.
Definición: Se refiere a la protección de indivíduos y de todo el género humano, permitiendo al mismo tiempo ejercer actividades que puedan ocasionar exposición a las radiaciones ionizantes (Repidisca/CEPIS). medidas que se adoptan para evitar o reducir los efectos de una dosis de material radioactivo proyectada hacia la población (Material IV - Glosario de protección civil, OPS, 1992).
En castellano: Protección Radiológica.
En inglés: Radiation Protection.
En portugués: Proteção Radiológica.
Calificadores permitidos: economía, historia, normas, legislación & jurisprudencia, estadística & datos numéricos, instrumentación, métodos.