Albergues.
Definición: Lugar físico destinado a prestar asilo, amparo, alojamiento y resguardo a personas ante la amenaza, inminencia u ocurrencia de un fenómeno destructivo. Generalmente es proporcionado en la etapa de auxilio. Los edificios y espacios publicos son communmente utilizados con la finalidad de ofrecer los servicios de albergue en casos de desastre (Material IV - Glosario de protección civil, OPS, 1992).
En castellano: Albergues.
En inglés: Refuge.
En portugués: Abrigo.
Calificadores permitidos: clasificación, efectos adversos, economía, historia, análisis, prevención & control, etnología, legislación & jurisprudencia, estadística & datos numéricos, ética, métodos, políticas.