Vehículos Recreacionales a Motor.
Definición: Vehículos recreativos motorizados utilizados en carreteras no públicas. Incluyen los vehículos para todo terreno, bicicletas para tierra, minibicicletas, bibicletas motorizadas, bicicletas de pista y vehículos para la nieve. Excluye las motocicletas, que son considerados vehículos de la vía pública.
Notas: no confunda con motocicletas que son vehículos de vías públicas.
En castellano: Vehículos Recreacionales a Motor.
En inglés: Off-Road Motor Vehicles.
En portugués: Veículos Recreacionais a Motor.
Sinónimos: Vehículos para Todo Terreno, Bicicletas para Tierra, Minibicicletas, Bicicletas Motorizadas, Vehículos para la Nieve, Vehículos de Tres Ruedas.
Calificadores permitidos: clasificación, economía, historia, provisión & distribución, normas, legislación & jurisprudencia, estadística & datos numéricos, ética.