Denominaciones Comunes Internacionales para las Sustancias Farmacéuticas.

Definición: Denominaciones para las sustancias farmacéuticas que se basan en la seleción de una partícula monosilábica o polisilábica indicativa de la actividad farmacológica o de su nombre químico. Una vez escogida la partícula, la denominación completa se forma añadiendo prefijos y o sufijos que permitan distinguir la sustancia de otras en cuya D.C.I. se usa la misma partícula. Publicación de la OMS. Está alfabetado por el latin e incluye nombres en francés, español y ruso, variaciones nacionales en las varias denominaciones comunes y farmacopeas existentes, el "CAS registry number" y su fórmula molecular.

En castellano: Denominaciones Comunes Internacionales para las Sustancias Farmacéuticas.

En inglés: International Nonproprietary Names for Pharmaceutical Substances.

En portugués: Denominações Comuns Internacionais para as Substâncias Farmacêuticas.

Sinónimos: Denominaciones Comunes Internacionales, Denominación Común Internacional, DCI.